1 DE AGOSTO DE 2006
Volumen 1 No. 39

Normas vs Especificaciones
Por Franco Bucio Mújica
(Artículo publicado en la Revista Obras, Agosto de 2003)

En forma recurrente hemos mencionado a las especificaciones y a las normas de calidad; en el Proyecto Ejecutivo son términos ineludibles, pero también se mencionan en algunas legislaciones y las solicitan los organismos financieros de vivienda, pero, ¿realmente a qué se refieren?, ¿son las mismas?, ¿quién las establece?…
Los reglamentos de construcción o las leyes de obra pública locales, si bien reiteran su cumplimiento, no las definen, lo que ocasiona que en algunos proyectos ejecutivos que se utilizan en licitaciones o que se presentan para el trámite de licencia de construcción, no las incluyan o estén incompletas; más grave aún es la subjetividad en su interpretación por los distintos agentes que intervienen en una obra.
Mencionemos un ejemplo: el proyecto indica que se utilicen en los muros de carga bloques de concreto con una determinada resistencia a la compresión y con ciertas características dimensionales.
El constructor compra tabicones, que si bien son de concreto, tienen una resistencia inferior a la especificada y tienen un peso superior al que consideró el estructurista lo que afecta a la estructura; presentan otras dimensiones, lo que modifica el despiece y el proyecto arquitectónico. Podemos continuar: el residente no solicita pruebas de laboratorio y lo autoriza, el supervisor no lo detecta; las juntas de mortero no estaban especificadas, lo que tam-bién reduce la capacidad de carga del muro; si añadimos que el muro será recubierto,

el cliente nunca lo sabrá y seguramente aparecerán fisuras y grietas, mismas que el Perito podría pensar que se derivan de un “asentamiento”.
Afortunadamente tenemos algún punto de partida, la Ley (Federal) de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas menciona ambos conceptos
“Especificaciones generales de construcción: el conjunto de condiciones generales que las dependencias y entidades tienen establecidas para la ejecución de obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos, ejecución, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisión, que comprenden la forma de medición y la base de pago de los conceptos de trabajo” y agrega

“Especificaciones Particulares
de construcción: el conjunto de requisitos exigidos por las dependencias y entidades para la realización de cada obra, mismas que modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales”; y define a las normas de calidad como “los requisitos mínimos que, conforme a las especificaciones generales y particulares de construcción, las dependencias y entidades establecen para asegurar que los materiales y equipos de instalación permanente que se utilizan en cada obra, son los adecuados”.
Por su parte, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización

reconoce a dos tipos de normas, “Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables
a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado” y “Norma Oficial Mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias... especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación”.
Si realmente entendemos estos conceptos y los aplicamos adecuadamente nos evitaremos muchos dolores de cabeza

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Certificados otorgados

 

Nombre de la empresa
Norma aplicable
Comercial de Herramientas, S.A. de C.V.
Urrea Herramientas Profesionales, S.A. de C.V.
NOM-046-SCFI-1999
(Cintas Métricas y/o Flexómetros)
Qually Alta Marea, S.A. de C.V.
Cerámica Artística Monterrey, S.A. de C.V.
GMM y Derivados, S.A. de C.V.
NOM-009-CNA-2001
(Inodoros para uso sanitario)
GMM y Derivados, S.A. de C.V.
NOM-010-CNA-2000
(Válvulas de Admisión y Descarga para tanque de inodoro)
Grupo GLL Construcciones, S.A. de C.V.
NMX-C-442-ONNCCE-2004
(Industria de la Construcción - Servicios de Supervisión y Verificación de la Construcción de Vivienda)
Cooperativa La Cruz Azul, S.A. de C.V.
Cementos Moctezuma, S.A. de C.V.
Cemex México, S.A. de C.V. - Planta Guadalajara.
Cemex México, S.A. de C.V. - Planta Tepeaca.
NMX-C-414-ONNCCE-2004
(Industria de la construcción - Cementos hidráulicos-Especificaciones y métodos de prueba)
Mascomex, S.A. de C.V.
Gitani, S.A. de C.V.
Valco, S.A. de C.V.
Bimca y Asociados, S.A. de C.V.
Metalflu, S.A. de C.V.
NOM-008-CNA-1998
(Regaderas Empleadas en el aseo corporal - Especificaciones y métodos de prueba)
Moen de México, S.A. de C.V.
NOM-005-CNA-1996
(Fluxómetros)

 

El Arq. Franco M. Bucio Mújica, Director Técnico del ONNCCE, entregó el día 4 de julio del presente año certificados a las empresas: Cooperativa La Cruz Azul, S.C.L. en las plantas Hidalgo y Lagunas y Cementos y Concretos Nacionales S.A de C.V.

La Empresa Grupo GLL Construcciones, S.A. de C.V. recibió de manos del Arq. Franco M. Bucio Mújica, Director Técnico del ONNCCE el día 12 de julio su certificado.

 

Renovación de certificados

 

Nombre de la empresa
Norma aplicable
Metalflu, S.A. de C.V.
Mascomex, S.A. de C.V.
NOM-008-CNA-1998 (Regaderas Empleadas en el aseo corporal- Especificaciones y métodos de prueba)

 

Otras actividades

Personal del ONNCCE ha estado participando como expositor en una serie de cursos dentro de la República Mexicana para darle mayor difusión a la “Norma NMX-C-442-ONNCCE-2004 “(Industria de la Construcción – Servicios de Supervisión y Verificación de la construcción de vivienda requisitos y métodos de comprobación).

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Declaratoria de vigencia de normas ONNCCE

El pasado 24 de julio de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el aviso de DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-C-444-ONNCCE-2006. Dicha norma entra en vigor a partir del viernes 22 de septiembre del 2006. Para mayor información, favor de acudir a nuestras instalaciones ubicadas en Calle Constitución # 50, Col. Escandón, México, D.F. C.P. 11800, o comunicarse al (0155) 52731991, ó vía correo electrónico normas@mail.onncce.org.mx.

Clave
Título
NMX-C-444-ONNCCE-2006
Industria de la Construcción - Agregados - Accesorios vinílicos flexibles - Especificaciones y métodos de prueba.

 

Aviso de aclaración

El pasado 24 de julio del 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Aviso de Aclaración al texto publicado

Dice:

NMX-C-255-ONNCCE-2006
Industria de la construcción - Concreto - Determinación del número de reboteutilizando el dispositivo conocido como esclerómetro (Cancela a las NMX-C-014-1981, NMX-C-200-1978 y NMX-C-255-1988).

Debe decir:

NMX-C-255-ONNCCE-2006
Industria de la construcción - Aditivos químicos para concreto - Especificaciones, muestreo y métodos de ennsayo (Cancela a las NMX-C-014-1981, NMX-C-200-1978 y NMX-C-255-1988).

 

Aviso de aclaración

 

A TODOS LOS INTERESADOS:
La fecha límite para enviar los temas a incluir en el Programa Nacional de Normalización 2007 del ONNCCE es el miércoles 15 de noviembre de 2006 debiendo cumplir con los siguientes requisitos:

  • Mencionar si es tema nuevo o reprogramado; (en el caso de temas nuevos es necesario incorporar un documento preeliminar de anteproyecto de norma)
  • Objetivo y justificación de cada tema
  • Calendario de trabajo de cada tema, haciendo referencia a las fechas estimadas de inicio y terminación
  • Directorio actualizado de participantes (en el caso de inicio de tema, posibles participantes)
  • Domicilio donde se pretende sesionar
  • Compromiso de cubrir los gastos inherentes a la Consulta Pública (en su caso, de acuerdo a cotización) y a trabajos de Gabinete de ($10,000.00 Diez mil pesos 00/100 M.N. más I.V.A. por tema propuesto SI ES RELATIVO A PRODUCTO Y DE $5,000.00 Cinco mil pesos 00/100 M.N. SI CORRESPONDE A NORMA DE MÉTODO DE PRUEBA). O bien, si es el desarrollo total de la norma con sus métodos de prueba es de acuerdo a una cotización y firma de contrato de prestación de servicios.


Nota: Los temas nuevos son aquellos que no se han incorporado en Programas de normalización anteriores.

Para tal efecto se debe usar el Formato: formato-PNN.doc en hoja membretada.

Es importante señalar que la selección del número de temas propuestos en su programa debe llevarse a cabo considerando los avances de trabajo desarrollados durante el presente año, a fin de no incluir más temas de los que puedan ser desarrollados durante el mismo.

Para enviar su archivo:

Email: servicios@mail.onncce.org.mx
Confirmado posteriormente la correcta recepción del mismo en nuestras oficinas por la misma vía o telefónicamente.

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Capacitación 

Personal del ONNCCE tomó el día 20 de julio, el curso de actualización de la norma NOM-114-SCFI-2006 “Gatos hidráulicos tipo botella”
Agradecemos a la Empresa Truper las facilidades prestadas para la realización de este curso.

Cursos en el ONNCCE

En el ONNCCE, preocupados por la necesidad de las empresas de capacitarse, programamos los siguientes cursos, esperando sean de su interés:

Curso
Lugar
Fecha
Costo
Organiza
Taller para el desarrollo de la
documentación de calidad en
empresas de servicios para la
edificación
Aula del
ONNCCE,
México, D.F.
4, 5 y 6 de septiembre de 2006
$4 000,00 + IVA
una persona
$6 000,00 + IVA
dos personas
ONNCCE
Taller de divulgación de NMX
para supervisión de vivienda
Aula del
ONNCCE,
México, D.F.
Fecha por confirmar
$ 500.00 + IVA por
persona
ONNCCE

 

Inscripción:
La confirmación de asistencia a los cursos o talleres debe realizarse como máximo 2 semanas antes de su impartición, con la finalidad de garantizar su lugar, el pago deben ser cubiertos 1 semana antes de su realización.
Los precios están sujetos a cambio sin previo aviso.
Existe factibilidad de impartir estas actividades en el interior de la Republica solicite informes
Forma de Pago.
Depósito a Bancomer No. de Cuenta 044 6654 355 no requiere sucursal,
clabe interbancaria 012180004466543552,
por favor envíenos su comprobante de deposito al fax: (0155) 52 73 34 31 o en su caso confirmar deposito en los buzones:

calidad@mail.onncce.org.mx
apoyotecnico@mail.onncce.org.mx
o al teléfono 01 55 52 73 23 61

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