
1 DE AGOSTO DE 2006
Volumen 1 No. 39
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Normas vs Especificaciones
Por Franco Bucio Mújica
(Artículo publicado en la
Revista Obras, Agosto de 2003)
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| En forma recurrente hemos
mencionado a las especificaciones y a las normas de calidad; en el Proyecto
Ejecutivo son términos ineludibles, pero también se mencionan
en algunas legislaciones y las solicitan los organismos financieros de
vivienda, pero, ¿realmente a qué se refieren?, ¿son
las mismas?, ¿quién las establece?…
Los reglamentos de construcción o las leyes de obra pública
locales, si bien reiteran su cumplimiento, no las definen, lo que ocasiona
que en algunos proyectos ejecutivos que se utilizan en licitaciones o
que se presentan para el trámite de licencia de construcción,
no las incluyan o estén incompletas; más grave aún
es la subjetividad en su interpretación por los distintos agentes
que intervienen en una obra.
Mencionemos un ejemplo: el proyecto indica que se utilicen en los muros
de carga bloques de concreto con una determinada resistencia a la compresión
y con ciertas características dimensionales.
El constructor compra tabicones, que si bien son de concreto, tienen una
resistencia inferior a la especificada y tienen un peso superior al que
consideró el estructurista lo que afecta a la estructura; presentan
otras dimensiones, lo que modifica el despiece y el proyecto arquitectónico.
Podemos continuar: el residente no solicita pruebas de laboratorio y lo
autoriza, el supervisor no lo detecta; las juntas de mortero no estaban
especificadas, lo que tam-bién reduce la capacidad de carga del
muro; si añadimos que el muro será recubierto, |
el cliente nunca lo sabrá y seguramente aparecerán fisuras
y grietas, mismas que el Perito podría pensar que se derivan
de un “asentamiento”.
Afortunadamente tenemos algún punto de partida, la Ley (Federal)
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas menciona
ambos conceptos
“Especificaciones generales de construcción: el conjunto
de condiciones generales que las dependencias y entidades tienen establecidas
para la ejecución de obras, incluyendo las que deben aplicarse
para la realización de estudios, proyectos, ejecución,
equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisión,
que comprenden la forma de medición y la base de pago de los
conceptos de trabajo” y agrega
“Especificaciones Particulares
de construcción: el conjunto de requisitos exigidos por las dependencias
y entidades para la realización de cada obra, mismas que modifican,
adicionan o sustituyen a las especificaciones generales”; y define
a las normas de calidad como “los requisitos mínimos que,
conforme a las especificaciones generales y particulares de construcción,
las dependencias y entidades establecen para asegurar que los materiales
y equipos de instalación permanente que se utilizan en cada obra,
son los adecuados”. Por su parte, la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización
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reconoce a dos tipos de normas, “Norma mexicana: la que
elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría,
en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común
y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba,
directrices, características o prescripciones aplicables
a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio
o método de producción u operación, así
como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje,
marcado o etiquetado” y “Norma Oficial Mexicana: la regulación
técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias...
especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones
aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad,
servicio o método de producción u operación, así
como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje,
marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación”.
Si realmente entendemos estos conceptos y los aplicamos adecuadamente
nos evitaremos muchos dolores de cabeza

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| Nombre de la empresa |
Norma aplicable |
Comercial de Herramientas, S.A. de C.V.
Urrea Herramientas Profesionales, S.A. de C.V.
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NOM-046-SCFI-1999
(Cintas Métricas y/o Flexómetros)
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Qually Alta Marea, S.A. de C.V.
Cerámica Artística Monterrey, S.A. de C.V.
GMM y Derivados, S.A. de C.V. |
NOM-009-CNA-2001
(Inodoros para uso sanitario) |
| GMM y Derivados, S.A. de C.V. |
NOM-010-CNA-2000
(Válvulas de Admisión y Descarga para tanque de inodoro) |
| Grupo GLL Construcciones, S.A. de C.V. |
NMX-C-442-ONNCCE-2004
(Industria de la Construcción - Servicios de Supervisión
y Verificación de la Construcción de Vivienda) |
Cooperativa La Cruz Azul, S.A. de C.V.
Cementos Moctezuma, S.A. de C.V.
Cemex México, S.A. de C.V. - Planta Guadalajara.
Cemex México, S.A. de C.V. - Planta Tepeaca. |
NMX-C-414-ONNCCE-2004
(Industria de la construcción - Cementos hidráulicos-Especificaciones
y métodos de prueba) |
Mascomex, S.A. de C.V.
Gitani, S.A. de C.V.
Valco, S.A. de C.V.
Bimca y Asociados, S.A. de C.V.
Metalflu, S.A. de C.V. |
NOM-008-CNA-1998
(Regaderas Empleadas en el aseo corporal - Especificaciones y métodos
de prueba) |
| Moen de México, S.A. de C.V. |
NOM-005-CNA-1996
(Fluxómetros) |
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El Arq. Franco M. Bucio Mújica,
Director Técnico del ONNCCE, entregó el día 4 de
julio del presente año certificados a las empresas: Cooperativa
La Cruz Azul, S.C.L. en las plantas Hidalgo y Lagunas y Cementos y Concretos
Nacionales S.A de C.V. |

La Empresa Grupo GLL Construcciones, S.A.
de C.V. recibió de manos del Arq. Franco M. Bucio Mújica,
Director Técnico del ONNCCE el día 12 de julio su certificado. |
| Renovación de certificados |
| Nombre de la empresa |
Norma aplicable |
Metalflu, S.A. de C.V.
Mascomex, S.A. de C.V. |
NOM-008-CNA-1998 (Regaderas
Empleadas en el aseo corporal- Especificaciones y métodos
de prueba) |
Personal del ONNCCE ha estado participando como expositor en una serie
de cursos dentro de la República Mexicana para darle mayor difusión
a la “Norma NMX-C-442-ONNCCE-2004 “(Industria de la
Construcción – Servicios de Supervisión y Verificación
de la construcción de vivienda requisitos y métodos de
comprobación).
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Declaratoria de vigencia de normas ONNCCE |
El pasado 24 de julio de 2006 se publicó en el Diario Oficial
de la Federación el aviso de DECLARATORIA de vigencia de la
Norma Mexicana NMX-C-444-ONNCCE-2006. Dicha norma entra en vigor a
partir del viernes 22 de septiembre del 2006. Para mayor información,
favor de acudir a nuestras instalaciones ubicadas en Calle Constitución
# 50, Col. Escandón, México, D.F. C.P. 11800, o comunicarse
al (0155) 52731991, ó vía correo electrónico
normas@mail.onncce.org.mx.
| Clave |
Título |
| NMX-C-444-ONNCCE-2006 |
Industria de la Construcción
- Agregados - Accesorios vinílicos flexibles - Especificaciones
y métodos de prueba. |
El pasado 24 de julio del 2006 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el Aviso de Aclaración
al texto publicado
Dice:
| NMX-C-255-ONNCCE-2006 |
Industria de la construcción
- Concreto - Determinación del número de reboteutilizando
el dispositivo conocido como esclerómetro (Cancela a las
NMX-C-014-1981, NMX-C-200-1978 y NMX-C-255-1988). |
Debe decir:
| NMX-C-255-ONNCCE-2006 |
Industria de la construcción
- Aditivos químicos para concreto - Especificaciones, muestreo
y métodos de ennsayo (Cancela a las NMX-C-014-1981, NMX-C-200-1978
y NMX-C-255-1988). |
A TODOS LOS INTERESADOS:
La fecha límite para enviar los temas a incluir en el Programa
Nacional de Normalización 2007 del ONNCCE es el miércoles
15 de noviembre de 2006 debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
-
Mencionar si es tema nuevo o reprogramado; (en
el caso de temas nuevos es necesario incorporar un documento preeliminar
de anteproyecto de norma)
-
Objetivo y justificación de cada tema
-
Calendario de trabajo de cada tema, haciendo referencia
a las fechas estimadas de inicio y terminación
-
Directorio actualizado de participantes (en el
caso de inicio de tema, posibles participantes)
-
Domicilio donde se pretende sesionar
-
Compromiso de cubrir los gastos inherentes a la
Consulta Pública (en su caso, de acuerdo a cotización)
y a trabajos de Gabinete de ($10,000.00 Diez mil pesos 00/100 M.N.
más I.V.A. por tema propuesto SI ES RELATIVO A PRODUCTO Y DE
$5,000.00 Cinco mil pesos 00/100 M.N. SI CORRESPONDE A NORMA DE MÉTODO
DE PRUEBA). O bien, si es el desarrollo total de la norma con sus
métodos de prueba es de acuerdo a una cotización y firma
de contrato de prestación de servicios.
Nota: Los temas nuevos son aquellos que no
se han incorporado en Programas de normalización anteriores.
Para tal efecto se debe usar el Formato: formato-PNN.doc
en hoja membretada.
Es importante señalar que la selección del número
de temas propuestos en su programa debe llevarse a cabo considerando
los avances de trabajo desarrollados durante el presente año,
a fin de no incluir más temas de los que puedan ser desarrollados
durante el mismo.
Para enviar su archivo:
Email: servicios@mail.onncce.org.mx
Confirmado posteriormente la correcta recepción del mismo en
nuestras oficinas por la misma vía o telefónicamente.
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Personal del ONNCCE tomó el día 20 de julio, el curso
de actualización de la norma NOM-114-SCFI-2006 “Gatos hidráulicos
tipo botella”
Agradecemos a la Empresa Truper las facilidades prestadas para la realización
de este curso.
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En el ONNCCE, preocupados por la necesidad de las empresas de capacitarse,
programamos los siguientes cursos, esperando sean de su interés:
Curso
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Lugar |
Fecha |
Costo |
Organiza |
Taller para el desarrollo de la
documentación de calidad en
empresas de servicios para la
edificación
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Aula del
ONNCCE,
México, D.F. |
4, 5 y 6 de septiembre de 2006
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$4 000,00 + IVA
una persona
$6 000,00 + IVA
dos personas |
ONNCCE |
Taller de divulgación de NMX
para supervisión de vivienda |
Aula del
ONNCCE,
México, D.F. |
Fecha por confirmar |
$ 500.00 + IVA por
persona |
ONNCCE |
Inscripción:
La confirmación de asistencia a los cursos o talleres debe realizarse
como máximo 2 semanas antes de su impartición, con la
finalidad de garantizar su lugar, el pago deben ser cubiertos 1 semana
antes de su realización.
Los precios están sujetos a cambio sin previo aviso.
Existe factibilidad de impartir estas actividades en el interior de
la Republica solicite informes
Forma de Pago.
Depósito a Bancomer No. de Cuenta 044 6654 355 no requiere sucursal,
clabe interbancaria 012180004466543552,
por favor envíenos su comprobante de deposito al fax: (0155)
52 73 34 31 o en su caso confirmar deposito en los buzones:
calidad@mail.onncce.org.mx
apoyotecnico@mail.onncce.org.mx
o al teléfono 01 55 52 73 23 61
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